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El ministerio de Salud de la Nación recomendó no exigir constancia de salud para las actividades físicas de niños y adolescentes

El organismo difundió un posicionamiento en el que sostiene que solo será necesario en casos de condiciones detectadas en controles previos.

imagen internet
El ministerio de Salud dio recomendaciones.
Actualizada: 25/08/2024 09:04
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El ministerio de Salud de la Nación recomendó no exigir desde las instituciones una constancia de salud como requisito para que niños, niñas y adolescentes realicen actividad física. Este posicionamiento ya se encontraba publicado en 2019, pero fue actualizado por la gestión de Javier Milei.

El documento está elaborado por profesionales médicos especializados y contó con el aval de múltiples organizaciones profesionales de relevancia: la Federación Argentina de Cardiología (FAC), la Federación Argentina de Medicina Familiar y General (FAMFyG), la Federación Argentina de Medicina General (FAMG) la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) y la Sociedad Argentina de Cardiología (SAC).

En cinco puntos el escrito resume las recomendaciones sobre el tema. En primer lugar establece la promoción de actividades físicas en niños, niños y adolescentes y en segundo lugar la realización de un control integral de salud periódico con el objetivo de “acompañar el proceso de crecimiento y desarrollo y promover su acceso”.

En el tercer punto, el ministerio hace la recomendación de no exigir desde las instituciones la constancia de salud como requisito para que los chicos “accedan a los distintos espacios curriculares y extracurriculares del sistema educativo que tengan como eje central la realización de actividad física”. Allí enumera eventos como clases de educación física, torneos escolares, talleres y campamentos.

En el cuarto punto aclara que la constancia médica sólo deberá presentarse en las instituciones en casos en los que se presenten condiciones detectadas a partir del control integral de salud, “que contraindiquen o limiten en forma temporal o permanente la realización de actividad física o que requieran de cuidados especiales”.

Por último promueve la aplicación de la ley nacional de capacitación en reanimación cardiopulmonar y de prevención de muerte súbita.

En sus fundamentos, los profesionales que elaboraron el documento, apuntan a que la solicitud de un certificado se constituye como una barrera de acceso a la actividad física, ante problemas crecientes de salud pública como la obesidad y el sobrepeso.

“En las últimas décadas, se ha detectado un incremento importante en el sobrepeso y la obesidad a nivel mundial como consecuencia de la alimentación inadecuada, la insuficiente actividad física, el aumento del comportamiento sedentario y la adquisición de otros hábitos poco saludables”, remarcaron.

“A pesar de los múltiples beneficios que la actividad física aporta, en los últimos años se la ha identificado como una situación de riesgo. Muchas instituciones educativas de nuestro país solicitan una constancia de salud como requisito”, argumentaron.

“Sin embargo, su solicitud carece totalmente de fundamentos científicos sólidos y no demostró ser efectiva para prevenir eventos fatales, que suele ser uno de los principales motivos para solicitarla”, aseguraron.

“La muerte súbita en esta población es extremadamente baja. Las estrategias efectivas para prevenir la muerte súbita, apuntan a la implementación precoz y adecuada de maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) en quienes han presentado un paro cardiorrespiratorio”, concluyeron.

Hace poco más de tres semanas, la legislatura de Mendoza aprobó por unanimidad una ley para no exigir más el apto físico en las escuelas.

 

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